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El Supremo reconoce el derecho de una aspirante a ser indemnizada por el lucro cesante desde 2010, cuando se le denegó la licencia que obtuvo en concurso

Un error muy caro para el erario público por una mala medición de apenas una veintena de metros, desde el centro de Especialidades de la Pilarica de Sacyl hasta el punto donde se quería instalar una botica. Esa es la consecuencia a la que deberá hacer frente la Junta de Castilla y León por denegar la autorización a una farmacéutica que en el año 2009 resultó elegida en el concurso público, al que se presentaron más de doscientos aspirantes.

El Tribunal Supremo ha confirmado una sentencia del TSJ de Castilla y León, de marzo de 2015, por la que se estimaba parcialmente el recurso de una aspirante a ser titular de una farmacia en el barrio de Pilarica. La afectada, I. Z., resultó seleccionada en el concurso que la Consejería de Sanidad convocó en 2009 en varias provincias.

Tras el proceso de selección, y cumplir con los méritos fijados, solo restaba que la ganadora presentase el lugar de su farmacia dentro de la zona de Pilarica, junto con el informe de la superficie y obras a realizar, cuyo coste supone por termino medio unos 300.000 euros. La normativa estatal, que obliga a estas oficinas a tener una distancia superior a los 250 metros de un centro sanitario, establecía además que la nueva oficina tendría que estar en servicio dentro de los tres meses.

La farmacéutica ganadora comunicó a la Consejería de Sanidad el local elegido, en el paseo del Cauce 59, después de serle ofrecido por un intermediario que, según algunas fuentes, habría trabajado hace años para el Colegio de Farmacéutico.

Con el emplazamiento, el arquitecto de la Junta dio por válida a I. Z. la medición, que superaba los 250 metros del ambulatorio. Sin embargo, semanas después «inexplicablemente se cambió el criterio de medición» buscando otro punto de la fachada del centro de Pilarica, dando como resultado una longitud inferior a los 250 metros. Por consiguiente, se incumplía uno de los criterios de otorgamiento y, con el informe técnico, la Junta denegó a la afectada la licencia, que siguió manteniendo su derecho al punto escogido en el paseo del Cauce 59.

Siguiente en la lista

Mientras la afectada recurría a los tribunales para hacer valer el mismo, desde la Consejería de Sanidad, que dirigía entonces Francisco Javier Álvarez Guisasola, se optó por otorgar ese derecho a una nueva farmacéutica, M. J. A., que había obtenido el segundo puesto en la lista.

Esta segunda candidata decidió instalarse en un local del paseo del Cauce 59, que está situado en el mismo edificio y a menos de tres metros del anterior. Su actividad se desarrolla allí desde hace seis años.

Ahora, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia, y la ratificación por el Supremo, reconoce tras un pleito de seis años, en el que han intervenido peritos de parte y uno designado por la Sala de lo Contencioso-administrativo, que el local que eligió I. Z. cumplía con las distancias exigidas y se ajustaba a la ley.

Los cuatro jueces que analizaron el caso reconocen además el derecho que tiene la posterior farmacéutica, quien aseguró a este diario que «montó la farmacia tras la denegación de la anterior» y se personó en las actuaciones por «los perjuicios que le pudieran causar».

De este modo, el TSJ ha reconocido a I. Z su derecho a la concesión de la farmacia y su petición a ser indemnizada parcialmente, «como consecuencia de que la actora no ha podido tener abierta la oficina durante los años que ha durado la sustanciación de los distintos recursos».

El conocido como lucro cesante que se le reconoce, según los magistrados, «deberá ser el resultado del beneficio neto obtenido por las farmacias situadas en las zonas próximas al local propuesto, y que sean de características similares». Inicialmente la perjudicada reclamó una indemnización correspondiente al 10% del beneficio neto del 30% de las recetas que se han dispensado en el centro de salud de la Pilarica durante los seis años del recurso. Pedía además el importe al valor económico de la oficina de farmacia.

Informe de un economista

El fallo del Alto Tribunal regional, ya firme, establece algunos de los criterios en los que se deberá apoyar para cumplir la ejecución con la que hay que hacer frente a la indemnización. Al beneficio neto de las ventas de las farmacias cercanas, los jueces añaden que puede tenerse en cuenta también «como parámetro de valoración el beneficio neto conseguido por el siguiente farmacéutico autorizado», en este caso la segunda aspirante, que se estableció en el paseo del Cauce.

Los magistrados dicen en la sentencia, no obstante, que «habrá que descontarse el importe correspondiente a los emolumentos que hubiera podido percibir la recurrente y que resultasen incompatibles con el ejercicio de la actividad de farmacia, incluso aquellos que se deriven de la tenencia de otra farmacia».

Tras lo sucedido, la afectada no volvió a solicitar una botica, a la espera de que se le reconociera su derecho. Sí que tiene, sin embargo, otro empleo en la administración, cuyos ingresos se descontarían.

Con estos criterios, el TSJ deja claro que el tiempo del perjuicio causado corresponde a la duración del contencioso-administrativo y su ejecución, que a día de hoy no ha comenzado todavía. El daño se elevaría si la agraviada optase por montar la farmacia, por lo que la segunda afectada podría reclamar otra indemnización a la Junta.

Aunque el Tribunal no impone las costas a la administración, establece que todos los cálculos para aplicar este fallo tendrán que «justificarse a través de un informe pericial emitido por un titulado en Ciencias Económicas o similar».

Fuentes consultadas que intervinieron en este recurso indicaron que durante la selección por parte de Sanidad «una persona del sector farmacéutico ofreció a los aspirantes a una farmacia varios locales situados cerca del centro de salud de Pilarica», un ambulatorio al que acuden miles de pacientes.

«Tener que cerrar una farmacia a la que se le otorgó licencia es un desastre jurídico», reconoce un letrado experto en la tramitación de este tipo de expedientes. Otra consecuencia de este caso fue que la Junta se vio obligada a cambiar el criterio para medir los 250 metros.

En Castilla y León existen alrededor de un millar de boticas, de las 21.400 que hay en toda España. La apertura de nuevas oficinas fue una demanda de cientos de titulados universitarios que forzaron a la Junta a sacar concursos y nuevos emplazamientos sanitarios.

FUENTE: http://www.elnortedecastilla.es/

URL: http://www.elnortedecastilla.es/valladolid/201612/07/junta-expone-pagar-euros-20161204215619.html?ns_campaign=cross-linking&ns_mchannel=cross-linking&ns_source=abc&ns_linkname=home&ns_fee=0

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